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Trámites y servicios

Información del trámite o servicio

Licencia de Alineamiento y Número Oficial.

Indica las servidumbres o restricciones que deberá dejarse libre de construcción dentro de un predio, con objeto de no afectar la privacidad, el asoleamiento y la imagen urbana de los predios vecinos, medida desde los limites del predio. Asimismo, se le asigna el número que corresponde al predio que tenga acceso a la vía publica.

Sobre este trámite

El trámite de número oficial mediante el cual Ordenamiento Territorial asigna un número oficial para cada predio que tenga frente a la vía pública, el cual deberá colocarse en la parte visible de la entrada de cada predio y ser claramente legible a una distancia mínima de 20 metros. El trámite de Alineamiento es la traza urbana sobre el terreno que limita el predio respectivo con la vía pública en uso, determinada en los planos debidamente aprobados.

A quién está dirigido

Dirigido a la Ciudadanía en General.

Que obtendrás

El Alineamiento; y/o La Asignación de Número Oficial; y/o La Licencia de Alineamiento y Número Oficial , dependiendo de si desea uno o ambos trámites.

Documentos que necesitas

Presentar el Formato de Solicitud ante la Ventanilla de la Dirección de Ordenamiento Territorial

 Descargar el formato 

Requisitos

Los siguientes documentos en copia simple:

1. Copia de identificación vigente del propietario(s) o del representante legal en su caso.
2. Constancia que acredite el derecho a construir (título de propiedad, resolución administrativa o presidencial, título del solar urbano registrado ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con sede en esta Ciudad).
3. Copia del recibo de pago Predial actualizado, en el cual, el nombre del contribuyente coincida con la solicitud y fracciones 1, 2 y 4.
4. [Se omite por simplificación de trámites y servicios.]
5. Copia de la CURP del propietario(s) que coincida con la solicitud y fracciones 1, 2, 3 y 4.
6. Copia del recibo de pago por concepto de asignación de número oficial y alineamiento en términos de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal correspondiente.
7. Localización del predio en imagen satelital, tratándose de predios con cuenta catastral rústica y/o predios localizados fuera del límite del centro de población, cuyo uso corresponde principalmente a las actividades productivas o de aprovechamiento del sector primario, así como de funciones ambientales naturales.
8. En caso de personas jurídicas, copia simple del instrumento público donde obre acta constitutiva de la misma y poder legal o nombramiento otorgado a la persona que fungirá como Representante Legal.
9. Constancia de Situación Fiscal (en caso de requerir factura).
10.Copia simple de identificación oficial vigente de la persona(s) autorizadas para oír y recibir notificaciones y documentos (en caso establecerlo en la solicitud).
11.Constancia de Situación Fiscal (en caso de requerir factura).
 

EN ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES, agregue el requisito 12 y sustituya los requisitos 1 y 2 por los siguientes:

1. Copia de identificación vigente del poseedor(es) del asentamiento humano irregular y/o representante legal en su caso.
2. Original y copia para su cotejo de la Cesión de Derechos bajo Régimen Ejidal firmada por el Comisariado Ejidal para asentamientos humanos irregulares de origen ejidal. Por otra parte, para asentamientos humanos irregulares de propiedad privada se requerirá copia del acto jurídico de transmisión de dominio del predio en cuestión, asimismo, copia de la Escritura Pública o Título de Propiedad de cuyo antecedente se originó.
12.Con el objeto de establecer con claridad los límites de propiedad del predio, deberá presentar un deslinde topográfico firmado por el Director Responsable correspondiente; para tal efecto, el deslinde topográfico deberá contener coordenadas UTM; cuadro de construcción; en el que tambien se especifiquen medidas, colindancias, la distancia a la esquina de la manzana más cercana, machuelos, banquetas y paños de edificaciones existentes, según sea el caso.

Como solicitarlo

En conjunto con los documentos solicitados entregar de manera presencial en la oficina de la Dirección de Ordenamiento Territorial, ubicada en calle Circunvalación Escritores #225, Centro, Ciudad Guzmán, Jalisco, de lunes a viernes de 8:30 a.m a 15:00 p.m hrs, teléfono 341-575-2500 extensión 581.

Costo

Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2026.

SECCIÓN CUARTA

Alineamiento, Asignación de número oficial e inspección.

Artículo 61. Las personas físicas o jurídicas que pretendan llevar a cabo obras de urbanización, edificación, demolición o relativas a las mismas, deberán obtener previamente el dictamen de alineamiento y número oficial, pagando las siguientes:

TARIFAS

l. Licencia de Alineamiento por lote, fracción o unidad privativa que dé a una vía pública o privada, se pagará una tarifa única, de: $580.00

II. Asignación de Número Oficial y/o Letra Adicional, por cada uno se pagará una tarifa de: $330.00

III. Inspecciones, a solicitud del interesado, sobre el valor que se determine según la tabla de valores de la Fracción1, del artículo 54 de esta Ley, aplicado a construcciones, de acuerdo con su clasificación y tipo,para verificación de valores sobre inmuebles, el: 15%

IV.      Servicios similares no previstos en este artículo, por metro cuadrado:

$115.00

Lugares donde se puede efectuar el pago

El pago se realiza en las instalaciones de Gestión de la Ciudad, en el área de ventanilla de la Dirección de Ordenamiento Territorial se le proporciona la orden de pago para que pase al área de la caja de cobro, pudiendo realizar el pago dentro del horario de 8:30 a 14:30 los días lunes a viernes.

El pago se realiza en Tesorería, área de cajas ubicada en interior de Presidencia Municipal, domicilio en Cristóbal Colon #62, Colonia Centro, de lunes a viernes de 8:30 am a 14:45 hrs, se recibe pago en efectivo y tarjetas de crédito, excepto American Express.

Plazo para la atención del trámite

Recibida la solicitud se expedirá el dictamen solicitado, en un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción de la documentación. Dicho plazo se suspende si se emite una prevención para requerir documentación complementaria, y deberá reanudarse en cuanto la documentación sea ingresada por el solicitante.

Fundamento jurídico

Reglamento Municipal de Zonificación y Control Territorial del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Correspondiente al 03 de enero del 2024 

SECCIÓN V
De los permisos y licencias de Construcción, Remodelación y Ampliación

Artículo 497 Ter. Previo al trámite de toda licencia de construcción, el interesado deberá obtener la autorización de alineamiento, presentando los siguientes documentos:
I. Solicitud firmada por el propietario, representante legal en su caso, por el Director Responsable con registro vigente en Proyecto de Edificación, Director responsable de Obra en Edificación o por el Director responsable correspondiente, misma que deberá contener:
1. Nombre completo y firma del propietario y/o representante legal.
2. Teléfono.
3. Domicilio o correo electrónico para recibir notificaciones.
4. Designación de la persona (s) autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos.
5. Datos del predio: ubicación, cuenta predial, colonia y objeto de la solicitud (¿Qué solicita? ¿para qué? ¿Por qué?).
6. Superficie del predio.
7. Croquis de ubicación del predio.
II. Copia simple de identificaciones vigentes del propietario (s); del representante legal en su caso;
III. Copia simple del recibo de pago actualizado por concepto de la prestación del servicio público de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales del Organismo Público Descentralizado de la Administración Municipal denominado “Sistema de
Agua Potable de Zapotlán (SAPAZA), en el cual el nombre del usuario, coincida con las fracciones I, II, III, IV y VI del presente artículo.
IV. Derogado.
V. Derogado.
VI. Copia simple del recibo de pago predial actualizado, en el cual, el nombre del contribuyente
coincida con las fracciones I, II, III, y V del presente artículo.
VII. Constancia que acredite el derecho a construir (título de propiedad, resolución administrativa o
presidencial, título de solar urbano registrado ante el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio con sede en esta Ciudad.)
VIII. Copia de la clave única de registro de población (CURP) del propietario (s) que coincida con las
fracciones I, II, III, IV y V del presente artículo.
IX. Copia simple del recibo de pago por concepto de autorización de alineamiento en los términos
de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal correspondiente.
X. Localización del predio en imagen satelital, tratándose de predios con cuenta catastral rústica y/o predios localizados fuera del límite del centro de población, cuyo uso corresponde
principalmente a las actividades productivas o de aprovechamiento del sector primario, así como de funciones ambientales naturales.
XI. En caso de personas jurídicas, copia simple del instrumento público donde obre acta constitutiva
de la misma y poder legal o nombramiento otorgado a la persona que fungirá como Representante Legal.
XII. En caso de asentamientos humanos irregulares el interesado deberá presentar los siguientes
documentos:
a) Solicitud firmada por el poseedor (es) del asentamiento humano irregular y/o representante
legal en su caso.
1. Nombre completo y firma del posesionario (s) y/o representante legal.
2. Teléfono.
3. Domicilio o correo electrónico para recibir notificaciones.
4. Designación de la persona (s) autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos.
5. Datos del predio: ubicación, cuenta predial, colonia y objeto de la solicitud (¿Qué solicita? ¿para que? ¿Por qué?).
6. Croquis de ubicación del predio.
b) Copia de identificaciones vigentes del poseedor (es) del asentamiento humano irregular y/o representante legal en su caso;
c) Original y copia para su cotejo de la Cesión de Derechos bajo Regímen Ejidal firmada por el Comisariado Ejidal para asentamientos humanos irregulares de origen ejidal. Por otra parte, para asentamientos humanos irregulares de propiedad privada, se requerirá copia del acto jurídico de transmisión de dominio del predio en cuestión, asimismo, copia de la Escritura Pública o Titulo de Propiedad de cuyo antecedente se originó.Copia del recibo de pago predial actualizado, en el cual, el nombre del contribuyente coincida con los incisos
a) b), c) y e) del presente artículo.
d) Copia del recibo de pago predial actualizado, en el cual, el nombre del contribuyente coincida con los incisos a) b), c) y e) del presente artículo.
e) Copia simple del recibo de pago actualizado por concepto de la prestación del servicio público de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales del Organismo Público Descentralizado de la Administración Municipal denominado “Sistema de Agua Potable de Zapotlán (SAPAZA), en el cual el nombre del usuario coincida con los incisos a), b), c) y d) del presente artículo.
f) Copia de la clave única de registro de población (CURP) del poseedor (es) que coincida con los incisos a), b), c), d), y e) del presente artículo.
g) Copia del recibo de pago por concepto de autorización de alineamiento en los terminos de
la Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal correspondiente.
h) Localización del predio en imagen satelital, tratándose de predios con cuenta catastral rústica y/o predios localizados fuera del límite del centro de población, cuyo uso corresponde
principalmente a las actividades productivas o de aprovechamiento del sector primario, así como de funciones ambientales naturales.
i) En caso de personas jurídicas, copia simple del instrumento público donde obre acta constitutiva de la misma y poder legal o nombramiento otorgado a la persona que fungirá como Representante Legal.
j) Con el objeto de establecer con claridad los límites de propiedad del predio, deberá presentar un deslinde topográfico firmado por el Director Responsable correspondiente; para tal efecto, el deslinde topográfico debera contener coordenas UTM; cuadro de construcción; en el que también se especifiquen medidas, colindancias, la distancia a la esquina de la manzana más cercana, machuelos, banquetas y paños de edificaciones existentes, según sea el caso.

REGLAMENTO DE NOMENCLATURA DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO.

CAPÍTULO VII
DE LOS NÚMEROS OFICIALES

(Se reforma mediante acuerdo de fecha 23 de diciembre de 2023, en Sesión Ordinaria de Ayuntamiento No.45, en el punto No.22 del orden del día)
Artículo 52.- Una vez que la Dirección proporcione el número oficial, previo pago de los derechos respectivos, queda prohibido a los particulares la utilización de números diferentes a los proporcionados por esta dependencia.

(Se reforma mediante acuerdo de fecha 23 de diciembre de 2023, en Sesión Ordinaria de
Ayuntamiento No.45, en el punto No.22 del orden del día)

Artículo 53.- Para obtener la asignación de número oficial el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Solicitud firmada por el propietario, representante legal o en su caso, misma que
deberá contener:
1. Nombre completo y firma del propietario y/o representante legal.
2. Teléfono.
3. Domicilio o correo electrónico para recibir notificaciones.
4. Designación de la persona (s) autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos.
5. Datos del predio: ubicación, cuenta predial, colonia y objeto de la solicitud (¿Qué solicita? ¿para qué? ¿Por qué?).
6. Croquis de ubicación del predio.
b) Copia de identificaciones vigentes del propietario (s); del representante legal en su caso;
c) Constancia que acredite el derecho a construir (título de propiedad, resolución administrativa o presidencial, título de solar urbano registrado ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con sede en esta Ciudad.)
d) Copia del recibo de pago predial actualizado, en el cual, el nombre del contribuyente coincida con los incisos a) b), c) y e) del presente artículo.
e) Copia del recibo de pago actualizado por concepto de la prestación del servicio público de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales del Organismo Público Descentralizado de la Administración Municipal denominado “Sistema de Agua Potable de Zapotlán (SAPAZA), en el cual el nombre del usuario, coincida con los incisos a) b), c) y d) del presente artículo.
f) Copia de la clave única de registro de población (CURP) del propietario (s) que coincida con los incisos a), b), c), d), y e).
g) Copia del recibo de pago por concepto de asignación de número oficial en los términos de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal correspondiente.
h) Localización del predio en imagen satelital, tratándose de predios con cuenta catastral rústica y/o predios localizados fuera del límite del centro de población, cuyo uso corresponde principalmente a las actividades productivas o de aprovechamiento del sector primario, así como de funciones ambientales naturales.
i) En caso de personas jurídicas, copia simple del instrumento público donde obre acta constitutiva de la misma y poder legal o nombramiento otorgado a la persona que fungirá como Representante Legal.

(Se adiciona mediante acuerdo de fecha 23 de diciembre de 2023, en Sesión Ordinaria de Ayuntamiento No.45, en el punto No.22 del orden del día)
Artículo 53 bis.- Para obtener la asignación de número oficial en asentamientos humanos irregulares, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Solicitud firmada por el poseedor (es) del asentamiento humano irregular y/o representante legal en su caso.
1. Nombre completo y firma del posesionario (s) y/o representante legal.
2. Teléfono.
3. Domicilio o correo electrónico para recibir notificaciones.
4. Designación de la persona (s) autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos.
5. Datos del predio: ubicación, cuenta predial, colonia y objeto de la solicitud (¿Qué solicita? ¿para que? ¿Por qué?).
6. Croquis de ubicación del predio.
b) Copia de identificaciones vigentes del poseedor (es) del asentamiento humano irregular y/o representante legal en su caso;
c) Original y copia para su cotejo de la Cesión de Derechos bajo Regímen Ejidal firmada por el Comisariado Ejidal para asentamientos humanos irregulares de origen ejidal.
Por otra parte, para asentamientos humanos irregulares de propiedad privada, se requerirá copia del acto jurídico de transmisión de dominio del predio en cuestión, asimismo, copia de la Escritura Pública o Título de Propiedad de cuyo antecedente se originó.
d) Copia del recibo de pago predial actualizado, en el cual, el nombre del contribuyente coincida con los incisos a) b), c) y e) del presente artículo.

e) Copia del recibo de pago actualizado por concepto de la prestación del servicio público de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales del Organismo Público Descentralizado de la Administración Municipal denominado “Sistema de Agua Potable de Zapotlán (SAPAZA), en el cual el nombre del usuario coincida con los incisos a), b), c) y d) del presente artículo.
f) Copia de la clave única de registro de población (CURP) del poseedor (es) que coincida con los incisos a), b), c), d), y e) del presente artículo.
g) Copia del recibo de pago por concepto de asignación de número oficial en los terminos de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal correspondiente.
h) Localización del predio en imagen satelital, tratándose de predios con cuenta catastral rústica y/o predios localizados fuera del límite del centro de población, cuyo uso corresponde principalmente a las actividades productivas o de aprovechamiento del sector primario, así como de funciones ambientales naturales.
i) En caso de personas jurídicas, copia simple del instrumento público donde obre acta constitutiva de la misma y poder legal o nombramiento otorgado a la persona que fungirá como Representante Legal.

 

La solicitud será resuelta por
Dirección de Ordenamiento Territorial

Derechos del Usuario

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

LA NEGATIVA O AFIRMATIVA FICTA PROCEDERÁ EN LOS CASOS Y EN LOS TÉRMINOS QUE SE ESTABLECE EN LOS REGLAMENTOS QUE CONTENGAN EL TRAMITE EN CASO DE QUE APLIQUE Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, AMBOS DEL ESTADO DE JALISCO.

Notas y observaciones

Reglamento Municipal de Zonificación y Control Territorial del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Correspondiente al 03 de enero de 2024 

Artículo 449. No se expedirá constancia de alineamiento y número oficial, licencia de construcción o urbanización; orden o autorización para instalación de servicios públicos en predios que no tengan acceso a la vía pública o que se encuentren ubicados en un sitio que se presuma en ella.

Artículo 452. No se podrá recibir solicitud que no venga acompañada de información completa, por tanto, queda prohibido a los Servidores Públicos que tengan a su cargo la revisión de expedientes relativos a obras de urbanización y edificación, bajo su estricta responsabilidad, dar trámite a expedientes incompletos o solicitudes condicionadas, al cumplimiento posterior de requisitos por parte de su promovente.

Lugares para reportar presuntas anomalías en la realización del trámite

Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este formato, ni para requerir pagos por la realización del servicio, distintos al costo oficial establecido.

Reporte cualquier anomalía a:

Contraloria Municipal UBICADA EN

1ro de Mayo # 126 (Plaza del Río) locales 19 y 20
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 412 8870

Servitel UBICADO EN

Av. Cristobal Colon 62 Centro, Altos del Palacio Municipal
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 575 2589

Última actualización: martes, 13 de enero de 2026

NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La impresión de este documento no genera derechos ni prerrogativas al portador por parte del Gobierno Municipal y se extiende sólo con fines informativos.

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