Reglamento de Zonificación y Control Territorial del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.
Correspondiente al 03 de enero de 2024
TITULO OCTAVO
CONTROL ADMINISTRATIVO DEL DESARROLLO URBANO
CAPÍTULO SEXTO
De los Directores Responsables
SECCIÓN IV
De las obligaciones de los directores responsables
Artículo 550. En el supuesto caso de un cambio o renuncia del Director Responsable de Obra de Edificación, de Obra de Urbanización, de Obra de Restauración y de Obra de Infraestructura durante el proceso de construcción, deberá notificar de inmediato a la Dirección de Ordenamiento Territorial y solicitar la suspensión inmediata de la obra presentando la siguiente documentación; I. Solicitud de suspensión con exposición de motivos II. Aviso de suspensión de la obra III. Bitácora de obra IV. Reporte detallado del estado en el que se encuentra la obra al momento de la suspensión y manifestación donde asuma la plena responsabilidad de las acciones que realizo y los efectos de éstas respecto de las obras ejecutadas.
Artículo 551. Cuando un Director Responsable de Obra tuviere la necesidad de abandonar temporalmente la dirección de una obra, deberá comunicarlo por escrito a la Dirección de Ordenamiento Territorial designando al director responsable de la Obra que ha de sustituirlo con consentimiento expreso de este y del propietario, previa constancia del estado de avance de la obra hasta la fecha del cambio para determinar la responsabilidad en la intervención de cada uno.