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Trámites y servicios

Información del trámite o servicio

Alta y Baja Director Responsable de Obra.

El tramite se realiza cuando se esta realizando una construcción, y por diferentes circunstancias el D.R.O. debe solicitar su baja o cambio de D.R.O. ante la Dirección de Permisos y Licencias de Construcción.

Sobre este trámite

Este tramite lo puede realizar cualquier propietario de la edificación o Director Responsable encargado de la misma.

A quién está dirigido

Este tramite esta dirigido al ciudadano que requiera suspender a DRO de la obra que este realizando.

Que obtendrás

La autorización de baja director responsable de obra.

Documentos que necesitas
  • Descarga la solicitud de Baja/Alta en el siguiente enlace: Solicitud Alta/Baja de DRO
  • Solicitud de Suspensión inmediata de obra con exposición de los motivos.
  • Reporte detallado con fotografías del estado en el que se ecuentra la obra al momento de la suspensión, manifestando la plena responsabilidad de las acciones que realizó como Director Responsable respecto a las obras ejecutadas.
  • Bitácora Obra.
  • En caso de cambio de D.R.O.: Oficio de asignación del nuevo Director Responsable , con consentimiento expreso de este y de Propietario(s) anexando Carta de Designación y Aceptación de D.R.O.
Requisitos

Presentar la documentación mecionada anteriormente junto con la Solicitud la Solicitud Alta/Baja de Director Responsable.

Para que despues un inspector pueda asistir a la obra designada.

Como solicitarlo

Presentando toda la documentación requerida para la Alta/Baja de Director Responsable en la ventanilla de la Dirección de Permisos y Licencias de Construcción, ubicada en Circunvalación de Escritores #225, Ciudad Guzmán, Jalisco, de Lunes a Viernes de 8:30 hrs a 15:00 hrs.

Costo

Este tramite no tiene costo.

Lugares donde se puede efectuar el pago

No aplica.

Plazo para la atención del trámite

Si todo esta en regla, se obtendrá lo solicitado en un plazo 5 días hábiles.

Fundamento jurídico

Reglamento de Zonificación y Control Territorial del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Correspondiente al 03 de enero de 2024

TITULO OCTAVO

CONTROL ADMINISTRATIVO DEL DESARROLLO URBANO

CAPÍTULO SEXTO

De los Directores Responsables

SECCIÓN IV

De las obligaciones de los directores responsables

Artículo 550. En el supuesto caso de un cambio o renuncia del Director Responsable de Obra de Edificación, de Obra de Urbanización, de Obra de Restauración y de Obra de Infraestructura durante el proceso de construcción, deberá notificar de inmediato a la Dirección de Ordenamiento Territorial y solicitar la suspensión inmediata de la obra presentando la siguiente documentación; I. Solicitud de suspensión con exposición de motivos II. Aviso de suspensión de la obra III. Bitácora de obra IV. Reporte detallado del estado en el que se encuentra la obra al momento de la suspensión y manifestación donde asuma la plena responsabilidad de las acciones que realizo y los efectos de éstas respecto de las obras ejecutadas.

Artículo 551. Cuando un Director Responsable de Obra tuviere la necesidad de abandonar temporalmente la dirección de una obra, deberá comunicarlo por escrito a la Dirección de Ordenamiento Territorial designando al director responsable de la Obra que ha de sustituirlo con consentimiento expreso de este y del propietario, previa constancia del estado de avance de la obra hasta la fecha del cambio para determinar la responsabilidad en la intervención de cada uno.

La solicitud será resuelta por
Dirección de Permisos y Licencias de Construcción

Dirección de Permisos y Licencias de Construcción

 


Derechos del Usuario

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

Afirmativa Ficta: cuando en los casos donde el gobierno municipal no responde o emite una resolución dentro del plazo señalado en el presente reglamento, se entenderá que el trámite o servicio tuvo resolución positiva, y el área responsable estará obligado a proporcionar el mismo.

REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO.

Artículo 90.- Para el cumplimiento de cada trámite y servicio, los órganos y áreas municipales tendrá el término que le señala su reglamento para su expedición o prestación  del servicio al vencimiento de dicho plazo sin que el ciudadano o ciudadana no haya recibido respuesta alguna se aplicará la afirmativa ficta.

Esta acción de mejora regulatoria no es posible aplicarla a todo tipo de trámites, específicamente no se podrá hacer en aquellos casos donde es estrictamente necesaria la resolución y entrega de documentos físicos o que en su caso, alguna disposición determine lo contrario.

Notas y observaciones

 

 

 

Lugares para reportar presuntas anomalías en la realización del trámite

Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este formato, ni para requerir pagos por la realización del servicio, distintos al costo oficial establecido.

Reporte cualquier anomalía a:

Contraloria Municipal UBICADA EN

1ro de Mayo # 126 (Plaza del Río) locales 19 y 20
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 412 8870

Servitel UBICADO EN

Av. Cristobal Colon 62 Centro, Altos del Palacio Municipal
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 575 2589

Última actualización: lunes, 7 de abril de 2025

NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La impresión de este documento no genera derechos ni prerrogativas al portador por parte del Gobierno Municipal y se extiende sólo con fines informativos.

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