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Trámites y servicios

Información del trámite o servicio

Cambio de Giro Comercial.

Requisitos y documentos necesarios para realizar cambio de giro comercial.

Sobre este trámite

Si algún arrendatario decide vender otro tipo de mercancía, deberá de solicitar el cambio de giro comercial para que sea registrado en su licencia.

A quién está dirigido

Locatarios.

Que obtendrás

Registro correcto ante Padrón y Licencias.

Documentos que necesitas
  • Solicitud del cambio de giro.( Especificando fecha, local, giro actual y giro nuevo)
  • Copia de licencia vigente.
  • Constancia de no adeudo (expedida por hacienda municipal).

 

Requisitos
  • Contar con licencia.
  • Estar al corriente con los pagos del local.
Como solicitarlo
  1. Presentar a la Administración su solicitud.
  2. Presentar a la administración los documentos requeridos para el cambio de giro.
  3. Una vez se haya aprobado la solicitud de cambio de giro debera: Presentar a la administración copia de la licencia nueva proporcionada por el departamento de Padron y Licencias. 
Costo

Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2025.

SECCIÓN SEGUNDA
Productos diversos
Artículo 120. Los productos por concepto de formas impresas pagarán las tarifas señaladas a continuación:
I. Para solicitud de licencias de funcionamiento de giros y anuncios por cada uno: .$137.00.

II. Reposición, de giros a que se refiere la fracción primera, por cada uno: $97.00

Lugares donde se puede efectuar el pago

El pago se realiza en Tesorería, área de cajas ubicada en interior de Presidencia Municipal, domicilio en Cristóbal Colon #62, Colonia Centro, de lunes a viernes de 8:30 am a 14:45 hrs.

Plazo para la atención del trámite

Al ser entregados todos los documentos correspondientes se da un plazo estimado de 30 dias habiles, para realizarse dicho tramite.

Fundamento jurídico

REFORMAS Y ADICIONES AL
REGLAMENTO DE MERCADOS Y TIANGUIS DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO

CAPÍTULO V
DEL EMPADRONAMIENTO

Artículo 24.- Para obtener el empadronamiento a que se refiere el artículo anterior se requiere:
I. Tener capacidad jurídica.
Il. Tener un modo honesto de vivir.
Ill. Que el solicitante conozca, revise el presente Reglamento y manifieste por escrito su acuerdo de sujetarse a su observancia.
IV. Presentar a la Administración una solicitud, debiéndose asentar en ella de manera verídica los datos que se señalen y acompañar la documentación requerida.
V. Los giros que así lo requieran deberán obtener licencia sanitaria; y
Vl. En ningún caso se otorgarán dos tarjetas al
mismo comerciante.

Artículo 29.- Los locales deberán solamente destinarse al giro que manifiestan en la cédula de empadronamiento Municipal, para poder cambiar de giro se deberá de solicitar esto por escrito al Administrador, quien no cumpla con esta disposición se hará acreedor a la sanción que determine el Reglamento.


CAPÍTULO VI
TRASPASOS Y CAMBIOS DE GIROS


Artículo 31.- El administrador autorizará los cambios de giro de las actividades mercantiles a que se hubieran venido dedicando, de conformidad al presente reglamento.
Artículo 33.- Cumplidos los requisitos que establece el artículo 24, el Administrador autorizara el traspaso o cambio de giro solicitado.
Artículo 34 (reformado).- Serán nulos los traspasos o cambios de giro que no hayan cumplido con los requisitos establecidos en el presente reglamento.

La solicitud será resuelta por
Jefatura de Mercados

Jefatura de Mercados 
Mercado Municipal Paulino Navarro
Domicilio. Marcos Gordoa 15, Ciudad Guzmán, Jalisco. CP. 49000
Tel. (341) 41-2-10-95
Horario. 8:30 am a 3:00 pm
Responsable. C.P Luis Antonio Solano Escobar.

 

Presidencia Municipal
Oficialia de Padron y Licencias
Domicilio. Colon #62, Colonia Centro, Ciudad Guzmán, Jalisco. CP. 49000
Tel. 341-575-25-00 Ext. 521
Horario. 8:30 am a 3:00 pm
Responsable. Osvaldo Cardenas Gallegos.


Derechos del Usuario

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

Afirmativa Ficta: cuando en los casos donde el gobierno municipal no responde o emite una resolución dentro del plazo señalado en el presente reglamento, se entenderá que el trámite o servicio tuvo resolución positiva, y el área responsable estará obligado a proporcionar el mismo.

REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO.

Artículo 90.- Para el cumplimiento de cada trámite y servicio, los órganos y áreas municipales tendrá el término que le señala su reglamento para su expedición o prestación  del servicio al vencimiento de dicho plazo sin que el ciudadano o ciudadana no haya recibido respuesta alguna se aplicará la afirmativa ficta.

Esta acción de mejora regulatoria no es posible aplicarla a todo tipo de trámites, específicamente no se podrá hacer en aquellos casos donde es estrictamente necesaria la resolución y entrega de documentos físicos o que en su caso, alguna disposición determine lo contrario.

Notas y observaciones

Los giros comerciales estan basados en el catalogo oficial del sistema EMPRESS del Ayuntamiento de Zapotlán  el Grande, Jalisco.

El tramite procederá una vez que el solicitante presente a la administración todos los documentos requeridos.

Lugares para reportar presuntas anomalías en la realización del trámite

Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este formato, ni para requerir pagos por la realización del servicio, distintos al costo oficial establecido.

Reporte cualquier anomalía a:

Contraloria Municipal UBICADA EN

1ro de Mayo # 126 (Plaza del Río) locales 19 y 20
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 412 8870

Servitel UBICADO EN

Av. Cristobal Colon 62 Centro, Altos del Palacio Municipal
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 575 2589

Última actualización: lunes, 31 de marzo de 2025

NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La impresión de este documento no genera derechos ni prerrogativas al portador por parte del Gobierno Municipal y se extiende sólo con fines informativos.

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