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Trámites y servicios

Información del trámite o servicio

Campamentos en el Parque Ecológico Las Peñas

Se permite acampar en el parque con el fin de apreciar la naturaleza, pero con sus debidas precauciones.

A quién está dirigido

Dirigido a la ciudadanía en general, instituciones educativas, así como organizaciones públicas y privadas.

Que obtendrás

Permiso para acampar

Documentos que necesitas

 

• Copia del INE.

• Descripción de las actividades a realizar, del porque la solicitud

 

Requisitos

Realizar oficio de solicitud, dirigido al Director General de Servicios Públicos Municipales,  en donde informe sobre las actividades a realizar, fecha de ingreso y salida, así como los horarios, número de asistentes, este oficio deberá presentarlo 15 días previos a la realización del evento.

Deberán contar con el equipo necesario para esta actividad, (bolsas de dormir, casas para acampar, cobertores, etc). deberá hacerse responsable de los residuos que genere y mantener limpio el lugar.

Como solicitarlo

Entregar oficio de solicitud en la Dirección de Servicios Públicos Municipales.

Donde solicitarlo

PRESIDENCIA MUNICIPAL

DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES
COLON # 62 COLONIA CENTRO
(01341) 5752500 EXT. 516 Y 579
8:30 AM - 3:00 PM DE LUNES A VIERNES
LIC. FEDERICO OCHOA CASTREJON
Costo

SIN COSTO

Lugares donde se puede efectuar el pago

NO APLICA

Plazo para la atención del trámite

Respuesta otorgada dentro de los próximos 5 días hábiles después de recibida la solicitud.

Fundamento jurídico

REGLAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLAN EL GRANDE, JALISCO 
Correspondiente al 30 de diciembre de 2019
CAPÍTULO SEXTO
ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DE INTERÉS MUNICIPAL


Artículo 61.- Se entiende por áreas naturales protegidas de interés municipal aquellas zonas o extensiones territoriales donde coexisten diversas especies de flora y fauna y que mantienen el equilibrio ecológico sobre las que ejerce su soberanía y jurisdicción el Municipio, y que han quedado sujetas al régimen de protección, en las cuales sólo  podrán efectuarse los usos tendientes a su conservación. Mismas que se consideran de interés social y utilidad pública, estableciéndose con los objetivos a los que hace referencia el artículo 43 de la Ley Estatal y atendiendo a lo que dicte dicha Ley para su declaratoria, establecimiento, conservación, administración, desarrollo y vigilancia. 

Artículo 62.- Se consideran áreas naturales protegidas, competencia de los gobiernos municipales:

I. Los parques urbanos municipales;

II. Las zonas de conservación ecológica de los centros de población;

III. Formaciones naturales de interés municipal; y

IV. Áreas municipales de protección hidrológica.

La solicitud será resuelta por
Dirección General de Servicios Públicos Municipales

Derechos del Usuario

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

Afirmativa Ficta: cuando en los casos donde el gobierno municipal no responde o emite una resolución dentro del plazo señalado en el presente reglamento, se entenderá que el trámite o servicio tuvo resolución positiva, y el área responsable estará obligado a proporcionar el mismo.

REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO.

Artículo 90.- Para el cumplimiento de cada trámite y servicio, los órganos y áreas municipales tendrá el término que le señala su reglamento para su expedición o prestación  del servicio al vencimiento de dicho plazo sin que el ciudadano o ciudadana no haya recibido respuesta alguna se aplicará la afirmativa ficta.

Esta acción de mejora regulatoria no es posible aplicarla a todo tipo de trámites, específicamente no se podrá hacer en aquellos casos donde es estrictamente necesaria la resolución y entrega de documentos físicos o que en su caso, alguna disposición determine lo contrario.

Notas y observaciones

El uso de cabañas, dentro del parque tiene costo, pago que se puede efectuar con el encargado del parque.

El ingreso de bebidas embriagantes y vehículos dentro del parque está prohibido.

Lugares para reportar presuntas anomalías en la realización del trámite

Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este formato, ni para requerir pagos por la realización del servicio, distintos al costo oficial establecido.

Reporte cualquier anomalía a:

Contraloria Municipal UBICADA EN

1ro de Mayo # 126 (Plaza del Río) locales 19 y 20
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 412 8870

Servitel UBICADO EN

Av. Cristobal Colon 62 Centro, Altos del Palacio Municipal
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 575 2589

Última actualización: lunes, 31 de marzo de 2025

NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La impresión de este documento no genera derechos ni prerrogativas al portador por parte del Gobierno Municipal y se extiende sólo con fines informativos.

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