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Funciones de Servicios Municipales

Objetivos y funciones del personal de la Coordinación General de Servicios Municipales

Objetivos

La Coordinación General de Servicios Municipales, tiene por objeto promover el desarrollo de la prestación de los servicios públicos del Municipio, a través de la coordinación, supervisión y auxilio en la ejecución de las políticas diseñadas por las Áreas Municipales dependientes de ella.

Funciones

Esta Área Municipal será la encargada de planear, dotar, coordinar, controlar y supervisar la adecuada, oportuna y eficaz prestación de las funciones y servicios públicos municipales a la población.

Atribuciones

    1. Acordar con el Presidente Municipal sobre el despacho de los asuntos que le corresponde a su Coordinación;
    2. Administrar los espacios de los usuarios, tanto propios como rentados para servicios de Inhumaciones, exhumaciones e inhumaciones en coordinación con  el Coordinador del Cementerios Municipales;
    3. Aplicar la normatividad existente y promover mejoras o nuevas normas para los proyectos de alumbrado público; 
    4. Auxiliar en el mantenimiento y limpieza de las calles, andadores, plazas, parques, jardines, campos deportivos, monumentos y demás lugares públicos del municipio y evitar la existencia de basureros y quemas clandestinas entre otros, que dañan nuestro medio ambiente;
    5. Coadyuvar con la dependencia competente de la agenda institucional de administración y Gobierno Municipal para el mejoramiento de los Servicios Públicos Municipales;
    6. Conservar y embellecer las áreas verdes, parques y jardines de la municipalidad y la reforestación de árboles y el cuidado de plantas ornamentales; 
    7. Controlar el registro oficial de datos generales de los servicios proporcionados, que contenga información de los propietarios, así como de las exhumaciones e inhumaciones; 
    8. Coordinar acciones para actualizar los censos de alumbrado público y en su caso Implementar programas de ahorro de energía; 
    9. Coordinar las acciones para mantener en operación todo el sistema de alumbrado público municipal, incluyendo parques, monumentos y obras del Municipio; 
    10. Coordinar y asegurar el cumplimiento de las Leyes y Reglamentos aplicables en materia de los servicios públicos que corresponda;  
    11. Coordinar y dar seguimiento a los procesos y proyectos de planes de trabajo elaborados por los coordinadores y Unidades de la Coordinación;
    12. Crear nuevas áreas verdes y mantener en buen estado los parques, jardines y camellones del municipio;
    13. Delegar facultades y autorizar a servidores públicos de la Coordinación General de Servicios Públicos Municipales para el despacho y vigilancia de los asuntos de su competencia;
    14. Diseñar, implementar y promover con calidad y eficiencia los mecanismos de control que sean necesarios para agilizar y simplificar los trámites que se lleven a cabo en la Coordinación;
    15. Ejecutar supervisiones periódicas en campo para controlar las anomalías detectadas en la Obra de alumbrado público a fin de señalar las correcciones pertinentes; 
    16. Emitir dictámenes de las redes de Alumbrado Público en fraccionamientos y establecer los lineamientos para su servicio adecuado de acuerdo a la normatividad establecida; 
    17. Emitir los permisos necesarios para el derribo y poda de árboles en la vía pública, previa Opinión técnica de la Dirección  de Medio Ambiente y desarrollo sustentable; 
    18. Emitir opinión técnica en los proyectos de urbanización del Municipio, en lo relativo a los parques y áreas jardineadas; 
    19. Emitir opiniones técnicas que puedan incidir en la actualización de las disposiciones reglamentarias relacionadas con las actividades de la Coordinación  que contribuyan de manera positiva en el diseño del modelo de ciudad en su arreglo multipolar;
    20. En coordinación con la Dirección de Medio Ambiente y Desarrollo sustentable, elaborar los programas de reforestación y conformación de áreas verdes, donde participen todos los sectores de la ciudadanía, a fin de lograr un mejor aprovechamiento físico ecológico de las áreas verdes;
    21. Evaluar el desempeño y cumplimiento de las funciones encomendadas a los coordinadores y Unidades que conforman la Coordinación;
    22. Formular el programa trianual, los programas operativos anuales y los programas emergentes en materia de servicios públicos;
    23. Formular los proyectos, planes y programas anuales de trabajo de  los Coordinadores y Unidades a su cargo y proponer al Ayuntamiento y al Presidente Municipal acciones continuas para el mejor ejercicio de sus funciones;
    24. La incorporación de nuevas tecnologías para el manejo y tratamiento de residuos sólidos, de tal forma que al aumentar el número de residuos a ser reciclados, se reduzca el volumen de residuos a disponer; 
    25. Mantener el orden y limpieza en los cementerios municipales; 
    26. Mantener en buen estado y ampliar el servicio de alumbrado público de la ciudad y de las comunidades del municipio;
    27. Orientar y apoyar a la población en general interesada en la electrificación de colonias donde no exista ese servicio de conformidad a la legislación en la materia aplicable; 
    28. Programar y realizar el mantenimiento, riego, limpieza y reforestación de camellones; 
    29. Promover acciones orientadas a cumplir con el Programa de Gobierno Municipal en el ámbito de sus funciones;
    30. Promover y organizar los viveros municipales para llevar a cabo la repoblación forestal; 
    31. Proponer a la Coordinación de Cementerios las tarifas y costos de los servicios por concepto de derechos de uso por la utilización de las fosas, criptas, nichos o bien por los servicios complementarios o anexos establecidos en la Ley de Ingresos;
    32. Proponer y gestionar la actualización de las disposiciones reglamentarias relacionadas con las actividades de la Área Municipal que incidan de manera positiva en el logro de la eficiencia y eficacia de la operación administrativa;
    33. Realizar los proyectos para la conservación, incremento, superación, operación del servicio de parques, jardines y áreas verdes del Municipio; 
    34. Reforestar y mantener los inmuebles de propiedad Municipal (terrenos baldíos); asimismo llevar a cabo lo anterior en predios baldíos de propiedad particular con cargo al propietario del mismo en los términos que establezca la Ley de Ingresos Municipal; 
    35. Regular y vigilar, en el ámbito de su competencia, la instalación y operación de los sistemas de almacenamiento, recolección, transporte, transferencia, selección, reciclaje, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos municipales, no peligrosos y especiales en el Municipio; 
    36. Rendir los informes, inherentes a sus funciones, que le sean requeridos por el Ayuntamiento, y el Presidente Municipal;
    37. Solicitar el apoyo y coordinación de las Áreas Municipales correspondientes para el cumplimiento de sus funciones;
    38. Supervisar y dirigir la construcción de redes de Alumbrado Público y electrificación en los edificios municipales; 
    39. Supervisar y ejecutar, en su caso, el proyecto y construcción de todas las obras de alumbrado que se generen en el municipio; 
    40. Tener a su cargo los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos que se generen en el municipio;
    41. Tramitar y valorar los daños que por concepto de pago o indemnización deban cubrirse al Municipio en materia de alumbrado público; 
    42. Vigilar el funcionamiento de los rastros municipales;
    43. Vigilar la limpieza de los mercados, tianguis y bazares  públicos;
    44. Vigilar que las Áreas Municipales que integran la coordinación, ejecuten los programas aprobados por el Ayuntamiento; y
    45. Las demás que establezca la normatividad aplicable.

En el reglamento interno de la Coordinación General de Servicios Públicos que apruebe el Ayuntamiento se establecerán las facultades y obligaciones de los titulares de las Coordinaciones y unidades administrativas   y de los servidores públicos adscritos a la misma. Mientras tanto acatarán las órdenes o disposiciones que les transmita el presente Reglamento y el Coordinador General de Servicios Públicos y se regirán por sus  Reglamentos Municipales, manuales de  organización y procedimientos que corresponda.

Regulación básica

Capítulo Noveno
De la Coordinación General de Servicios Municipales

Recursos

Recursos materiales, humanos y financieros para la realización de la función pública y la prestación del servicio público


Información sobre gestión pública revisada y actualizada para el ejercicio 2017


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