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Funciones de Administración e Innovación Gubernamental

Funciones, objetivos y recursos 

De la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental


Objetivos

La Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, tiene como objetivo impulsar el desarrollo de la Administración Pública Municipal mediante las diversas metodologías y modelos de gestión para la innovación y mejora de sistemas, optimización de recursos y procesos que permitan un eficiente desempeño.

Funciones

  1. Administrar y controlar de manera eficiente los recursos materiales y humanos del Ayuntamiento; mediante sistemas de control que permitan proporcionar apoyos, servicios y recursos materiales a las diversas Áreas Municipales del Ayuntamiento;
  2. Administrar y controlar los vehículos que se asignen a las Áreas Municipales y establecer reglas para el buen uso y conservación de los mismos;
  3. Administrar y llevar el control de los bienes arrendados por el Municipio;
  4. Administrar, controlar y asegurar la conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio municipal y fijar las bases generales para el control administrativo y mantenimiento de los mismos;
  5. Apoyar a las Unidades Funcionales de Gestión Plena con programas que favorezcan la eficiencia de los servicios que prestan a la ciudadanía;
  6. Asesorar y apoyar permanentemente a las dependencias del Ayuntamiento respecto de todo aquel servicio administrativo que se preste en las áreas a su cargo;
  7. Ayuntamiento, y el Presidente Municipal; 
  8. Captar necesidades y atender quejas o sugerencias de la población, para diagnosticar, programar e implementar acciones innovadoras que brinden mayores beneficios a la comunidad;
  9. Coadyuvar a la planeación y desarrollo de la agenda institucional de administración y Gobierno Municipal;
  10. Concentrar la información estadística y geográfica necesaria para mejorar la toma de decisiones y soportar los estudios de la propia Área Municipal;
  11. Controlar y racionalizar el consumo de combustibles;
  12. Dar a conocer las políticas y procedimientos de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, a todos los servidores públicos, mediante boletines, reuniones, memorándums o contactos personales;
  13. Dar de baja, previo acuerdo del Ayuntamiento, los bienes pertenecientes al patrimonio municipal, que por sus condiciones no cumplan con los requisitos mínimos indispensables para la prestación del servicio público, de conformidad con el dictamen de incosteabilidad, la carta de pérdidas totales o denuncia;
  14. Dar seguimiento a los procesos iniciados con motivo de la inobservancia de la normatividad;
  15. Definir la estructura organizacional y administrativa de cada una de las Áreas Municipales;
  16. Definir, dirigir y supervisar la correcta aplicación de las políticas de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental;
  17. Desarrollar una cultura de calidad en el servicio, basada en principios éticos y sociales, así como la promoción e implementación de la mejora continua en trámites y servicios, métodos y procesos, y estructura organizacional;
  18. Elaborar dictámenes respecto de la factibilidad de transmitir la propiedad o uso de los bienes muebles e inmuebles, propiedad municipal;
  19. Elaborar y mantener actualizado el Registro de Bienes Municipales, conforme a la normatividad de la materia;
  20. Elaborar y mantener actualizado el Registro de Proveedores, integrando debidamente el expediente correspondiente, para su resguardo y consulta;
  21. Establecer e implantar sistemas de control que permitan el uso eficiente de los recursos con los que cuenta la administración pública municipal, en coordinación con el resto de las Áreas Municipales que la conforman;
  22. Establecer en coordinación con la Tesorería Municipal, los mecanismos y procedimientos para el control del gasto público;
  23. Establecer los lineamientos aplicables en la administración pública municipal en materia de Innovación, Informática, Telecomunicaciones y Recursos Tecnológicos;
  24. Establecer los lineamientos de coordinación con las unidades de enlace administrativo de las Áreas Municipales;
  25. Fijar bases generales a las que deben sujetarse las Áreas Municipales de la Administración Pública Municipal para la solicitud de insumos, servicios, equipos de cómputo y equipo especializado;
  26. Formar parte de la Comisión de Evaluación del Sistema del Servicio Civil de Carrera y constituirse como el órgano de operación y administración de dicho sistema, conforme lo dispone la normatividad aplicable;
  27. Formular en coordinación con la Tesorería Municipal, el anteproyecto de presupuesto de las partidas presupuestales de la Coordinación de Administración e Innovación Gubernamental, así como, supervisar la correcta aplicación de su ejercicio, mediante la gestión de afectaciones presupuestarias;
  28. Formular los proyectos, planes y programas anuales de trabajo de sus Áreas Municipales;
  29. Garantizar que el servidor público perciba la remuneración y prestaciones que tiene conferidas de acuerdo a la normatividad, por el cumpliendo de sus obligaciones en el desarrollo de su trabajo;
  30. Generar y mantener vínculos con las cámaras y cúpulas correspondientes, así como las Áreas Municipales del Gobierno Municipal, para fomentar el desarrollo de Proveedores, apoyando a las pequeñas y medianas empresas locales;
  31. Impulsar todas las acciones de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental hacia un enfoque estratégico, a fin de contribuir de manera significativa con los Planes y Programas Municipales;
  32. Llevar a través de la Unidad de Inspección y Vigilancia, la inspección y vigilancia permanente y organizada del cumplimiento de las leyes y reglamentos de aplicación municipal, adoptando para ello las medidas normativas, administrativas, técnicas y tecnológicas necesarias, que promuevan la legalidad, transparencia y objetividad de los actos de autoridad;
  33. Mantener relaciones armónicas con los servidores públicos y sus representantes sindicales, en un ambiente laboral digno, respetuoso y positivo;
  34. Participar con la Comisión de Adquisiciones en la determinación de las bases generales para las adquisiciones de bienes o servicios que requieran las Áreas Municipales; así como programar y llevar a cabo dichas adquisiciones y suministros, conforme a los Planes y Reglamentos Municipales vigentes en la materia;
  35. Participar, coadyuvar e implementar en la modernización y simplificación de los sistemas administrativos;
  36. Planear, programar, organizar y evaluar el funcionamiento de sus respectivas áreas;
  37. Programar y ejecutar el mantenimiento correctivo y preventivo de los vehículos propiedad municipal;
  38. Programar y prestar los servicios generales, de limpieza y administrativos a las áreas internas de las Áreas Municipales;
  39. Promover la celebración de convenios de coordinación con los tres órdenes de gobierno, tendientes a lograr un desarrollo organizacional y administrativo acorde a los requerimientos del Municipio;
  40. Propiciar oportunidades de capacitación al personal del Ayuntamiento para su eficiente desempeño en las funciones que tiene encomendadas y su desarrollo personal. 
  41. Proponer y gestionar la actualización de las disposiciones reglamentarias relacionadas con las actividades de la Área Municipal que incidan de manera positiva en el logro de la eficiencia y eficacia de la operación administrativa;
  42. Recabar información de la Tesorería Municipal para la actualización del inventario de los bienes de propiedad municipal;
  43. Recibir en coordinación con las Áreas Municipales solicitantes, los insumos, servicios, equipos de cómputos y equipo especializado de los proveedores, adecuarlos y entregarlos a la Área Municipal correspondiente;
  44. Recibir y realizar los movimientos de personal a propuesta de los titulares de las Áreas Municipales, cualquiera que sea su naturaleza, conforme a la normatividad aplicable;
  45. Recopilar, registrar y resguardar la documentación personal y laboral de los servidores públicos contratados, así como de aquellos documentos en los que se confieran o establezcan derechos y obligaciones tanto al personal como al Gobierno Municipal, asegurando la confidencialidad y cuidado de los mismos;
  46. Registrar los manuales de organización y procedimientos de las unidades propias y los de las demás Áreas Municipales;
  47. Rendir los informes inherentes a sus funciones que le sean requeridos por él;
  48. Seleccionar y contratar a través de la unidad de Recursos Humanos a los servidores públicos municipales, así como fomentar su superación y profesionalismo; y
  49. Ejercer las demás atribuciones contenidas en la normatividad aplicable.
  50. En el reglamento interno de la Coordinación General que apruebe el Ayuntamiento se establecerán las facultades y obligaciones de los titulares de las Coordinaciones y unidades administrativas y de los servidores públicos adscritos a la misma. Mientras tanto acatarán las órdenes o disposiciones que les transmita el presente Reglamento y el Coordinador General y se regirán por sus Reglamentos Municipales, manuales de organización y procedimientos que corresponda.

Regulación básica

Capítulo Décimo 

De la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental 

Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Zapotlán el Grande (páginas 94-97)

Recursos

Recursos materiales, humanos y financieros asignados para la realización de la función pública y la prestación del servicio público.


Se publica información fundamental señalada el Artículo 8, Fracción VI, de la  Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios. Fecha de la última revisión y/o actualización: miércoles, 02 de enero de 2019.


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