image

Preguntas Frecuentes



PREGUNTAS FRECUENTAS HECHAS EN LA OFICINA DE SECRETARÍA GENERAL

 

1.    ¿Qué función tiene el Secretario General de Ayuntamiento?

R. De conformidad con el artículo 63 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, el funcionario encargado de la Secretaría del Ayuntamiento, es el facultado para formular las actas de las sesiones que celebre el Ayuntamiento y autorizarlas con su firma, recabando a su vez la firma de los regidores que hubieren concurrido a la sesión y procediendo al archivo de las mismas; este funcionario también es el facultado para expedir las copias, constancias, credenciales y demás certificaciones que le requieran los regidores de acuerdo a sus facultades, o las solicitadas por otras instancias, de acuerdo a las disposiciones aplicables en la materia.

 

2.    ¿Qué trámites se realizan en Secretaría General?

R. Se realizan muchos trámites tanto internos propios del Gobierno Municipal, como públicos, es decir, que se expiden directamente a la persona solicitante, siendo estos:

·    Constancia de Identidad.

· Carta de Origen, de acuerdo al artículo 63 bis de la Ley del Gobierno y la administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

·   Carta de Modo Honesto de Vivir.

·    Certificación de edictos remitidos por órganos jurisdiccionales.

 

3.    ¿Qué requisitos se necesitan para tramitar la pre-cartilla del servicio militar nacional?

R.   Si bien es cierto que estas las expide la Junta Municipal de Reclutamiento Militar, dicha unidad administrativa depende de Secretaría General, además de que comparten espacio físico dentro del Palacio Municipal, por lo que es uno de los trámites más solicitados para jóvenes interesados.

·         Acta de nacimiento no mayor a un año de haber sido expedida.

·         Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.

·         Constancia de último grado de estudios.

·         Impresión a color de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

·     4 cuatro fotografías blanco y negro tamaño cartilla, sin brillos y sin retoque, sin barba ni bigote, corte de cabello tipo militar, camisa blanca.

·         Copia simple de INE por ambos lados (en caso de tener).

·    En caso de NO haber nacido y/o registrado en este municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, deberá presentar una constancia de no trámite del servicio militar expedida por la Junta de Reclutamiento Militar del municipio en que hubiere nacido o registrado.

 

4.    ¿Qué requisitos se necesitan para tramitar una constancia de residencia?

R. Si bien esta constancia se tramita ante la Dirección General de Seguridad Pública Municipal, ya que ellos son quienes realizan la investigación, los requisitos y la entrega final de dicha constancia se realiza en esta Secretaría General:

·        Ser mayor de edad.

·        Copia del acta de nacimiento.

·        Copia de CURP.

·    Copia del comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono) del lugar en donde la persona vive actualmente, (no mayor a tres meses), con un mínimo de un año de residencia, ya que se realiza una investigación por parte de personal de Seguridad Pública sobre la veracidad de los datos.

·        Copia del INE.

·        Acreditar estancia legal con documento migratorio FM2 o FM3 vigente al momento de la solicitud (sólo en caso de extranjeros).

    Ubicación: Academia de Policía en Francisco Arias y Cárdenas núm. 25, colonia Hijos Ilustres, Ciudad Guzmán, Jalisco, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 15:00 p.m. Teléfono +52 (341) 413-6408 y +52 (341) 413-6457.

 

5.    ¿Qué requisitos se necesitan para tramitar una constancia de identidad?

R.

·         Copia simple de acta de nacimiento no mayor a un año de haber sido expedida.

·         Copia simple de comprobante de domicilio no mayor a tres meses.

·         Copia del INE por ambos lados de dos testigos que bajo protesta de decir verdad afirmen conocer a la persona a nombre de quien estará la constancia, estos deberán acudir presencialmente a Secretaría General a firmar dicho documento.

·         Una fotografía a color tamaño credencial de la persona a nombre de quien estará la constancia.

·         Recibo oficial de pago de la Tesorería Municipal.

 

6.    ¿Qué requisitos se necesitan para tramitar una carta de origen?

R. De acuerdo al artículo 63 bis de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, en dicha certificación se hace constar el origen del peticionario, la fecha de registro de su nacimiento, sus padres y los datos regístrales del acta de nacimiento. El trámite se realizará en el municipio en el que se registró el nacimiento del peticionario.

La Carta de Origen será expedida a petición de parte o a través de familiares consanguíneos hasta el cuarto grado, con carta poder simple, acompañados de dos testigos que aseguren conocer al interesado.

Son requisitos para la expedición de la Carta de Origen:

I. Copia certificada reciente del acta de nacimiento o de su extracto, de la persona respecto de la cual se solicita la Carta de Origen;

II. Dos fotografías tamaño pasaporte a color con fondo blanco, de la persona respecto de la cual se solicita la Carta de Origen;

III. Llenado de la solicitud en la que especifique el motivo por el cual requiere la Carta de Origen;

IV. Copia certificada reciente del acta de nacimiento de los familiares comparecientes e identificación oficial; y

      V. Pago del derecho correspondiente.

 

7.    ¿Qué requisitos se necesitan para tramitar una carta de modo honesto de vivir?

R.

·         Copia de INE por ambos lados.

·         Copia del comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.

·       Dos cartas de recomendación donde especifique los años que tiene de conocer a la persona, domicilio actual, nombre y firma de quien recomienda, anexando copia de identificación oficial vigente (INE, cartilla militar, pasaporte, etc).

·        Pago es tesorería.

 

8.    ¿Cuánto tiempo dura la expedición de un trámite?

R. Cada trámite tiene diferente duración, de acuerdo a las necesidades de las personas solicitantes y a su complejidad, pero el promedio es de 1 un día hábil, a excepción de las pre cartillas militares, que tiene un promedio de expedición de 5 cinco días hábiles.

 

9.    ¿Qué horario laboran?

R. De 08:30 ocho y media de la mañana a las 15:00 quince horas.

 

10. ¿Tiene algún costo la certificación de edictos debidamente publicado en los estrados de la Presidencia Municipal, remitido por órgano jurisdiccional?

R. No, no implica ningún costo.

 


Número de visitas: 1,585